El patrimonio cultural se entiende como un bien o conjunto de ellos que constituyen un legado o herencia que se traspasa de una generación a otra y que opera como testimonio de la existencia de nuestros antepasados, de sus prácticas y formas de vida.
Este comprende tanto las obras materiales (tangibles) como las creaciones anónimas surgidas del alma popular (intangibles), y a las cuales la sociedad otorga valor histórico, estético, científico o simbólico. Como ejemplos encontramos las obras de arte, la arquitectura, la literatura, los archivos y bibliotecas, entre otros(1).
Existe también un patrimonio natural, constituido por formaciones geológicas, paisajes y zonas naturales en las cuales viven especies animales o vegetales cuya existencia se ve amenazada. Para ser consideradas como patrimonio, estas deben tener un valor relevante y/o universal excepcional, ya sea desde el punto de vista estético, científico y/o medioambiental (2).
Desde su origen en 1925 el CMN es el organismo encargado de la protección y tuición del patrimonio cultural y natural de Chile. Para que los diversos bienes culturales o naturales sean considerados Monumentos Nacionales (MN), el CMN debe identificarlos y declararlos como tales. Para ello cuenta con una herramienta legal: la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales de 1970, que distingue cinco categorías:
- Monumentos Históricos
- Monumentos Públicos
- Zonas Típicas
- Santuarios de la Naturaleza
- Monumentos Arqueológicos
- Monumentos Palentológios
(1) Según convención de 1972 y Conferencia de México de 1982, UNESCO.
(2) Ibid.