Se entiende por tráfico ilícito de bienes patrimoniales a la apropiación indebida, el robo, hurto y receptación, así como la importación y exportación ilegal de bienes patrimoniales, que contravienen la legislación y causan un daño irreparable a la memoria y el legado de un país.
La Convención sobre las Medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales de la Unesco, es un instrumento jurídico internacional dedicado a la lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales. Fue adoptada en París, el 14 de noviembre de 1970, y cuenta con 131 Estados Parte.
En el año 2010 y con motivo de los 40 años de la convención, resurge el debate internacional sobre la necesidad de tomar medidas para reforzar su aplicación y efectividad.
El Estado de Chile ratificó la convención el 13 de mayo de 2014, mediante Decreto Supremo N° 141 del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado en el Diario Oficial el 30 de septiembre de 2014.