Sobre la Consulta
La Consulta Indígena Pilmaiquén es una instancia de participación y diálogo desarrollada por el Consejo de Monumentos Nacionales de Chile (CMN), que tiene por finalidad alcanzar acuerdos sobre las medidas administrativas que adoptará el CMN respecto de los hallazgos arqueológicos no previstos registrados durante la ejecución de las obras del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos”, desarrollado por la Empresa Eléctrica Pilmaiquén S.A. (propiedad de la empresa noruega Statkraft), en el sector de Carimallin, en las comunas de Río Bueno (Región de Los Ríos) y Puyehue (Región de Los Lagos), y calificado favorablemente por la Resolución de Calificación Ambiental N° 3573 del 22 de junio de 2009, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (RCA N° 3573/2009).
De acuerdo con lo solicitado por las comunidades indígenas mapuche williche Koyam Ke Che y Leufu Pilmaiquen Maihue, y lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de Chile, en sentencia del 19 de noviembre de 2021, el CMN debe aplicar el artículo 6, numeral 1, del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) e implementar una consulta indígena previa a la autorización y ejecución de labores de caracterización de hallazgos arqueológicos no previstos, registrados en el marco de las obras de construcción del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos”.
¿Qué es una consulta indígena?
La consulta indígena es un mecanismo de participación basado en el diálogo entre los Estados y los pueblos indígenas, que debe ser aplicado de forma previa a la adopción de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar directamente a dichos pueblos. Su objetivo es alcanzar acuerdos o lograr el consentimiento de los pueblos indígenas respecto de las medidas administrativas o legislativas consultadas, entregándoles la posibilidad de influir de manera real y efectiva en la implementación de dichas medidas.
Su implementación es un deber del Estado de Chile y un derecho de los pueblos indígenas que forman parte del territorio nacional, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, que fue ratificado mediante el Decreto Supremo N° 236 del 2 de octubre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Cuál es el objetivo y la finalidad de la Consulta Indígena Pilmaiquén?
El objetivo del proceso es consultar sobre las medidas administrativas que puede adoptar el CMN sobre los sitios y objetos arqueológicos ya identificados y otros que pudieran ser identificados durante la ejecución de las obras del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos”, a todas las comunidades, asociaciones e instituciones representativas de los pueblos indígenas de las comunas de Río Bueno, La Unión, Puyehue y San Pablo, que pudieran verse afectadas por la adopción y ejecución de dichas medidas.
El proceso tiene por finalidad establecer una instancia de diálogo entre el Estado de Chile –representado por el CMN, en tanto organismo encargado de la tuición y protección de los Monumentos Nacionales del país– y las comunidades, asociaciones e instituciones indígenas aludidas, para llegar a acuerdos o lograr el consentimiento sobre las medidas administrativas mencionadas.
¿Quién es responsable de realizar la Consulta Indígena Pilmaiquén?
El Estado de Chile, al ratificar el Convenio 169 de la OIT, es el responsable de desarrollar los procesos de consulta indígena en nuestro país, en los casos que corresponda, es decir, ante la implementación de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas.
La Consulta Indígena Pilmaiquén es desarrollada por el CMN (a través de su Secretaría Técnica), en representación del Estado de Chile. Ello se debe a que el Consejo de Monumentos Nacionales de Chile, según el artículo 1 de la Ley 17.288, que legisla sobre Monumentos Nacionales, es el órgano técnico encargado de la tuición y protección de los Monumentos Nacionales del país, lo cual comprende la categoría de Monumento Arqueológico. Esta categoría incluye los hallazgos arqueológicos no previstos, registrados en el marco de la construcción del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos”.
¿Qué y cuáles son los hallazgos arqueológicos de la Consulta Indígena Pilmaiquén?
Los hallazgos arqueológicos son evidencias materiales cuyo estudio permite conocer formas de vida de sociedades en el pasado. En Chile, según el artículo 21 de la Ley 17.288, los sitios y objetos arqueológicos que se encuentren en el territorio nacional son Monumentos Nacionales en la categoría de Monumento Arqueológico, y propiedad del Estado, por el solo ministerio de la ley. Estos hallazgos no requieren de una declaratoria expresa por decreto o resolución para ser protegidos, sino solo basta con su identificación y reconocimiento como tales.
Los hallazgos arqueológicos no previstos, registrados durante la construcción del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos”, son Monumentos Nacionales, en la categoría de Monumento Arqueológico, y, por lo tanto, son objeto de la tuición y protección del CMN. Estos sitios han sido encontrados de manera fortuita o durante las labores de monitoreo arqueológico permanente que se desarrollan en el proyecto (es decir, la supervisión arqueológica de los trabajos que implican movimientos de tierra durante la construcción de la central). El monitoreo arqueológico permanente es una medida establecida en la RCA N° 3573/2009, que calificó favorablemente el proyecto.
En el marco de la construcción del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos”, los hallazgos arqueológicos identificados corresponden a concentraciones en baja densidad de fragmentos cerámicos y líticos (piedras), situadas en ambas riberas del río Pilmaiquén, tanto en el sector de obras de la central como en su área de influencia. A abril de 2023 han sido identificados 17 hallazgos arqueológicos tras el inicio de las obras de construcción: 15 entre 2019 y 2020 (denominados “SA-01” al “SA-15”), y 2 en 2022 (denominados “SA-16” y “SA-17”). Estos hallazgos son objeto del presente proceso de consulta.
¿Qué medidas administrativas puede adoptar el Consejo de Monumentos Nacionales de Chile sobre los hallazgos arqueológicos?
De acuerdo con la Ley 17.288 y el Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas (Decreto Supremo N° 484 del 28 de marzo de 1990, del Ministerio de Educación), dentro de las medidas que el CMN puede adoptar en relación con los hallazgos arqueológicos se encuentran las siguientes:
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Caracterización arqueológica: prospecciones subsuperficiales (bajo la superficie terrestre), a través de una red de pozos de sondeo o barrenos, que tienen por objetivo conocer las características y dimensiones del sitio arqueológico hallado, y definir sus componentes culturales.
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Rescate arqueológico: excavación más amplia del sitio arqueológico, que tiene por objetivo recuperar, total o parcialmente, los bienes arqueológicos que hubieren en éste y que se verían afectados por la ejecución de las obras de un proyecto.
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Mantención in situ: protección y resguardo del sitio arqueológico en el lugar, durante la vida útil del proyecto.
Cabe señalar que las medidas expuestas son aquellas que se relacionan con las características y comportamiento de los sitios arqueológicos en la zona, y los trabajos arqueológicos que pueden ser llevados a cabo en ellos. Algunas de las medidas no son excluyentes entre sí y para su determinación se debe considerar cómo se verán afectados los hallazgos arqueológicas por las obras del proyecto según su emplazamiento.
Las medidas deben ser adoptadas por el Consejo de Monumentos Nacionales de Chile previo a su ejecución, luego de la revisión de todos los antecedentes que correspondan. Para cualquier intervención en un sitio arqueológico, es necesario que un/a arqueólogo/a solicite un permiso al Consejo de Monumentos Nacionales de Chile, cumpliendo con los requisitos establecidos en el reglamento.
¿Quiénes pueden participar de la Consulta Indígena Pilmaiquén?
En el proceso pueden participar todas las personas pertenecientes a comunidades, asociaciones e instituciones representativas de pueblos indígenas que pudieran verse afectadas por la adopción y ejecución de las medidas administrativas, y que se encuentren ubicadas en el radio de influencia cultural del proyecto (lo cual incluye sectores de las comunas de Río Bueno, Puyehue, San Pablo y La Unión).
¿Cuáles son los principios, plazos y procedimientos de la Consulta Indígena Pilmaiquén?
De acuerdo con el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, toda consulta indígena debe desarrollarse conforme a los principios de buena fe, flexibilidad, uso de procedimientos apropiados y carácter previo de la consulta, a través de instituciones representativas, a fin de llegar a acuerdos entre las partes o el consentimiento de los pueblos indígenas acerca de las medidas consultadas.
La Consulta Indígena Pilmaiquén será desarrollada durante el año 2023 y tiene una duración aproximada de 120 días hábiles, contados desde la fecha de convocatoria del primer encuentro, es decir, alrededor de 6 meses. Lo cual puede variar de acuerdo a las características y necesidades propias del procedimiento.
El procedimiento consta de 5 etapas:
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Planificación
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Entrega de información y difusión
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Deliberación interna de los pueblos indígenas
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Diálogo y acuerdos entre el Estado y los pueblos indígenas
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Sistematización, comunicación de resultados y término del proceso
Durante la etapa de planificación, el Estado y los representantes de los pueblos indígenas que participen del proceso podrán consensuar los mecanismos y metodologías más apropiadas para el desarrollo del proceso.
¿Dónde se realizará la Consulta Indígena Pilmaiquén?
Los lugares donde se realizarán las primeras reuniones serán definidos por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales de Chile, en coordinación con las comunidades, asociaciones e instituciones indígenas representativas que manifiesten su interés en participar del proceso previo a su desarrollo, durante la fase preliminar (actualmente en curso), y con el apoyo de los órganos públicos locales.
Durante las primeras reuniones de planificación, será posible establecer, de manera consensuada, los lugares donde se desarrollarán los siguientes encuentros.
¿Cómo puedo obtener más información sobre el proceso de consulta?
Los antecedentes y noticias del proceso de consulta podrán ser revisados en el sitio web del Consejo de Monumentos Nacionales de Chile (http://www.monumentos.gob.cl/consulta-indigena-pilmaiquen). En él, se publicarán los documentos técnicos explicativos de los antecedentes y procedimientos asociados a la consulta, así como todas las noticias acerca de su realización.
Las noticias sobre el proceso también serán publicadas en las redes sociales oficiales del Consejo de Monumentos Nacionales de Chile:
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Además, todas las dudas, consultas y sugerencias acerca del proceso podrán ser dirigidas a la casilla de correo electrónico: consultaindigena@monumentos.gob.cl
Resolución Exenta N° 213 del 04.04.2023 de la S.T del CMN, que da inicio a la Consulta Indígena Pilmaiquén