Las asociaciones que demostraron su interés en participar y en proponer candidatos en el proceso, además de acreditar en sus estatutos su finalidad patrimonial, debían acompañar:
- Certificado de personalidad jurídica, expedido por autoridad competente.
- Estatutos vigentes de la entidad y sus modificaciones, en caso que existan, con una vigencia no superior a 120 días corridos contados hacia atrás desde la fecha de presentación del mismo.
- Documento que acredite el directorio vigente de la entidad, con una vigencia no superior a 120 días corridos contados hacia atrás desde la fecha de presentación del mismo.
- Documento que acredite el domicilio de la entidad.
Las asociaciones declaradas admisibles para participar en la designación de representante de barrios y zonas patrimoniales, en el Consejo de Monumentos Nacionales, fueron las siguientes:
Asociación |
R.U.T. |
Corporación Cultam Estudios Culturales y Ambientales Cultam u O.N.G. Cultam |
65.028.046-6 |
Corporación Areté |
65.084.379-7 |
Centro Cultural con Alma Patrimonial: patrimonio, memoria y tierra |
65.121.598-6 |
Agrupación de Potrilleranos en Copiapó |
65.151.494-0 |
Asociación para el Desarrollo Sostenible y Autosustentable de la Localidad de Pomaire: Pomaire Vive |
65.182.457-5 |
Asociación de Potrerillanos Región de Valparaíso |
65.133.759-3 |
Mujeres Memoria y Derechos Humanos Arica |
65.094.529-8 |
O.N.G. Tejiendo Huellas |
65.205.219-3 |
Corporación para el Desarrollo CECUS de Coquimbo |
65.171.509-1 |
Organización de Vecinos Zona Típica Población Vivaceta Norte Sur |
65.191.437-k |
Fundación Escuela Taller Fermín Vivaceta |
65.099.139-7 |
Junta de Vecinos Barrio Yungay |
65.074.421-7 |
Consejo Patrimonial de Mejillones |
65.107.588-2 |
Agrupación Hijos y Amigos de Chuquicamata Camino al Patrimonio |
65.073.293-6 |
Agrupación Literaria Cultural Casa de la Tertulia |
65.146.014-K |
Corporación Cultural América Morena |
65.161.727-8 |
Centro para el Desarrollo del Patrimonio y la Cultura Suárez Mujica |
|
Asociación Raíces de Potrerillos |
65.188.972-3 |
O.N.G. de Desarrollo Vecinos por la puesta en valor del Barrio San Eugenio |
65.058.607-7 |
Fundación Aldea, Arquitectura, Ciudadanía y Aprendizaje |
65.151.534-3 |
ANFUCULTURA |
65.563.090-2 |
Asociación Regional de Emprendedores y Profesionales Indígenas Leftraru |
65.142.786-K |
Agrupación Patrimonio de Los Vilos |
65.033.859-6 |
Asociación Indígena Asociación Mapuche Lafken Mapu |
65.239.913-4 |
Literatura en Casa |
|
Fundación Yungay en El Corazón |
65.240.902-4 |
Comité de Patrimonio y Cultura Barrio República |
65.159.391-3 |
Asimismo, las siguientes asociaciones se declaran inadmisibles para continuar en la participación del proceso:
Asociación |
R.U.T. |
Requisito inobservado del Reglamento |
|
Comunidad Indígena Colla Flora Normilla |
|
Art. 4 letra b) y d) |
No presentaron estatutos vigentes ni documento que acredite domicilio, sólo se remitió el Certificado Vigencia de Personalidad Jurídica de Comunidad o Asociación Indígena extendido por CONADI, el cual también da cuenta del directorio vigente de la entidad. |
Fundación Balmes Barrios |
65.220.389-2 |
Art. 4 letra b) |
No presentaron estatutos vigentes de la entidad, sino que un documento en formato Word con texto destacado. |
MAYORES ANTECEDENTES:
Decreto Supremo N° 23, de 3 de abril de 2019, Reglamento para la designación del representante de zonas y barrios patrimoniales, en el Consejo de Monumentos nacionales.
Resolución Exenta N° 113, de 19 de febrero de 2025, que fija lista de asociaciones admisibles y no admisibles para participar del proceso de designación de representante de zonas y barrios patrimoniales en el Consejo de Monumentos Nacionales