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Consulta Propietarios por ZT: Casco Histórico de la ciudad de Castro

Imagen de Consulta Propietarios por ZT: Casco Histórico de la ciudad de Castro

Invitamos a los propietarios y propietarias del casco histórico de Castro para que emitan su opión sobre la posible declaratoria como Monumento Nacional en categoría de Zona Típica o Pintoresca.

Lunes, 8 Julio, 2019

Los Monumentos Nacionales son sectores o elementos muebles o inmuebles protegidos por el Estado de Chile. Existen 5 categorías: Zona Típica y Pintoresca, Monumento Histórico, Monumento Público, Monumento Arqueológico o Paleontológico y Santuario de la Naturaleza.

Los Monumentos Nacionales están regulados en la ley Nº 17.288. Su tuición y protección le compete al Estado de Chile, el que la ejerce a través del CMN.

La Zona Típica o Pintoresca (ZT) es una categoría de Monumento Nacional que se aplica a aquellos lugares o poblaciones que poseen una coherencia de conjunto en términos de su morfología, tipología, materiales utilizados en ellas, técnicas constructivas propias de la época de su origen, o de los paisajes y espacios públicos, con cuya conservación se contribuye al patrimonio cultural de la nación.

Existen distintos tipos de ZT, como el entorno de un Monumento Nacional, un sector de un pueblo representativo de una etapa o significación histórica, el centro histórico de alguna ciudad, o un barrio con construcciones que combinan, repiten y/o representan un estilo propio, entre otras.

 

El Patrimonio Cultural de Chiloé

El Patrimonio Cultural Material de la zona está representado por las Iglesias de Chiloé, que son parte de los seis Sitios de Patrimonio Mundial UNESCO en Chile. Igualmente está la ZT de Calle Centenario en Chonchi, la Escuela de Mechuque, el Locomóvil de la costanera de Castro, entre otros; todos ellos protegidos como Monumento Nacional.

Debido a su importante patrimonio, la Secretaría Técnica del CMN posee una oficina provincial ubicada en Castro para atender los requerimientos especiales de la zona.

Igualmente existe un abundante Patrimonio Cultural Inmaterial, como los pasacalles devocionales de la cultura chilota, y la familia Marilicán Lindsay, entre otras, que están en el inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial.

 

Elementos patrimoniales del casco Histórico de Castro

El Casco Histórico de la ciudad de Castro posee un importante valor patrimonial, pues fue el núcleo fundacional del proceso de colonización hispánica en la Isla Grande de Chiloé durante el siglo XVI y la cabecera de las misiones jesuitas.

Igualmente destaca su trazado urbano y arquitectura, siendo el Monumento Histórico Iglesia San Francisco de Castro el elemento jerárquico de la meseta, el cual se conjuga con las vistas del paisaje que lo circunda y sus elementos identitarios.

 

Ser Zona Típica o Pintoresca

Antecedentes

Cualquier persona o institución pública o privada puede solicitar al CMN que un conjunto o área sean declarados Zona Típica o Pintoresca. Para ello deben ingresar un expediente de solicitud en versión papel y digital, con los antecedentes que sustentan la solicitud y justifican su declaratoria.

Dicho expediente debe identificar el o los elementos a proteger y dar cuenta de aquellos valores y atributos que sustenten el carácter ambiental y propio de una determinada población o lugar, o de determinadas zonas de ellas y que justifiquen su protección como ZT.

La Secretaría Técnica es la encargada de solicitar o buscar los antecedentes complementarios, como también de realizar los procesos de Consulta Ciudadana y/o Indígena si corresponde.

Declaratoria

En base a los antecedentes presentados, el CMN se pronuncia sobre la conveniencia de declarar un área como ZT: puede negarse, pedir mayores antecedentes o aprobar la solicitud.

En caso de que el CMN apruebe la declaratoria, solicita al ministro/a de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del Decreto Supremo que establece la ZT, incluidos los valores y atributos, y un plano con los límites del área y su superficie.

Cuando el Decreto Supremo de una ZT es publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, es oficialmente Monumento Nacional.

Intervenciones

Toda ZT declarada como Monumento Nacional debe tener en un plazo de 6 meses Normas y Lineamientos de Intervención específicos en base a sus características y valores ambientales.

Para ello la Secretaría Técnica del CMN debe elaborar documentos especificando las normas de intervención por sector, para el espacio público, para los elementos paisajísticos, para resguardar el patrimonio arqueológico y paleontológico si es que lo hubiere, y para determinar la forma y mecanismo de instalación de la publicidad y propaganda.

Las intervenciones deben ser autorizadas por el CMN y dicha gestión es gratuita.

Beneficios

Preservación en el tiempo para las futuras generaciones de los valores y atributos por los cuales la ZT fue protegida.

Aumento del reconocimiento por parte de la ciudadanía, lo que trae consigo en muchos casos aumento en el valor de las propiedades y un mayor número de emprendimientos en el área del turismo.

Posibilidad de postular a fondos patrimoniales como: Puesta en Valor del Patrimonio, Fondo del Patrimonio, PRBIPE y subsidios Minvu entre otros.

 

Preguntas Frecuentes

¿Se pierde el derecho de propiedad?

No, las personas con propiedades ubicadas en una ZT no pierden su derecho a la propiedad. Estas pueden ser vendidas, traspasadas, arrendadas a terceros o heredadas, sin autorización del CMN.

¿Se pueden hacer ampliaciones?

Sí, las ampliaciones o remodelaciones deben realizarse siempre que no alteren los valores y atributos por los que el área fue protegida. Se requiere un permiso del CMN.

¿Puedo hacer arreglos?

Sí, cualquier intervención al interior del inmueble no requiere de permiso. Si ésta es estructural o es parte de la fachada debe ser autorizada por el CMN.

¿Puedo pintar la propiedad?

Sí, se pueden pintar los inmuebles, pero para el caso de las fachadas debe tener autorización del CMN y el color debe ser uno de los indicados en los lineamientos de intervención de la ZT.

¿Se puede construir una obra nueva?

Para el caso de construcción de una nueva edificación en un sitio eriazo que esté en una ZT, debe contar con autorización del CMN.

 

Para conocer el polígono de protección propuesto, y para mayor información sobre el procedimiento de declaratoria de la Zona Típica del Casco Histórico de la ciudad de Castro, descarga el siguiente archivo: 

https://drive.google.com/open?id=1lSodCRF1giI-DvjsdG-vyhdxCuB-4ndK

 

Articulos Relevantes de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales:

Artículo 29°.- Para el efecto de mantener el carácter ambiental y propio de ciertas poblaciones o lugares donde existieren ruinas arqueológicas, o ruinas y edificios declarados Monumentos Históricos, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar se declare de interés público la protección y conservación del aspecto típico y pintoresco de dichas poblaciones o lugares o de determinadas zonas de ellas.

ARTICULO 30° La declaración que previene el artículo anterior se hará por medio de decreto y sus efectos serán los siguientes:
    1.- Para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, se requerirá la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, la que sólo se concederá cuando la obra
guarde relación con el estilo arquitectónico general de dicha zona, de acuerdo a los proyectos presentados. 

 2.- En las zonas declaradas típicas o pintorescas se sujetarán al reglamento de esta ley los anuncios, avisos o carteles, los estacionamientos de automóviles y expendio de gasolina y lubricantes, los hilos telegráficos o telefónicos y, en general, las
instalaciones eléctricas, los quioscos, postes, locales o cualesquiera otras construcciones, ya sea permanentes o provisionales.    

La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con multa de cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la paralización de las obras mediante el uso de la fuerza pública.

Para revisar la ley completa puedes dirigirte al siguiente Link: http://bcn.cl/1v9ov  

Si quieres revisar el Reglamento de Zonas Típicas y Pintorescas, dirigete al siguiente Link: http://bcn.cl/1zith

Si eres propietario, puedes manifestar tu opinión mediante el siguiente formulario: